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Por cesantía o por vejez, ¿cómo te tocará pensionarte? Aquí los detalles

La modalidad de pensión dependerá de tu edad, así que checa bien el detalle y ve preparando los documentos para solicitarla y sepas el porcentaje que te tocará recibir mensualmente 

| Internet

México.- Si ya estás esperando el momento de llegar a la edad indicada para solicitar tu pensión, esa que te dará mensualmente un porcentaje de tu sueldo actual como parte de las prestaciones de ley como trabajador, antes de pensar que te dará el cien por ciento, primero debes checar esta información. 

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Y es que de acuerdo a la Ley del Seguro Social para que recibas una pensión desde el 75 o hasta 100 por ciento, deberás antes cumplir con el requisito de la edad que es la que fija el monto. 

Es decir, el monto de tu pensión es asignado por el IMSS de acuerdo a la edad de la persona al momento de jubilarse

60 años- 75% 
61 años- 80%
62 años- 85%
63 años- 90%
64 años- 95%
64 años, 6 meses y 1 día – 100%

https://twitter.com/Tu_IMSS/status/1414276259203354626

El IMSS indica que la pensión por cesantía en edad avanzada aplica para las personas mayores de 60 años y menores de 65. Para poder tramitarla debes contar con el periodo mínimo de cotización que establece la Ley de Seguro Social, que es de 500 semanas para la Ley 73 y mil 250 semanas para la Ley 97.

Por otro lado, la pensión por vejez se tramita a partir de los 65 años de edad, las semanas de cotización son: 500 semanas para la Ley 73 y mil 250 semanas para la Ley 97.

https://twitter.com/Tu_IMSS/status/1413627501432213504

Si los requisitos se cumplen tanto por edad así como por semanas cotizadas, tendrás que acudir a tu para obtener tu número de folio y a continuación ir a las oficinas del IMSS con los documentos: 

– Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
– Número de seguridad social expedido por el IMSS, Infonavit o tu Afore.
– Original o copia certificada de acta de nacimiento.
– Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
– CURP.
– RFC.
– Documento de Afore con antigüedad no mayor a 6 meses.
– Si cuentas con beneficiarios deberás presentar los requisitos del trámite de asignación familiar.

Ya con eso, no deberá transcurrir más de un mes sin que el Instituto te de una resolución y comiences a recibir lo que por ley te corresponde, ya sea por cesantía o por vejez, así que atentos.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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