México.- Sí, ya estamos a unos cuantos días para que tu patrón cumpla con el pago de las utilidades, esto deberá llegar puntual con plazo al 30 de mayo, y si tu empresa las generó en 2020, debes contar con ellas.
Da click aquí y encuentra más información de Línea Directa Portal en nuestra página de Google News
Las utilidades son un derecho constitucional de los empleados, que proporcionan un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando estas se generen
Sugerido: Si trabajas dentro de este grupo de empresas ¡olvídalo, NO tendrás utilidades!
En el caso de los y las trabajadoras que activan sus servicios para una persona moral, es decir, una empresa, el plazo finaliza el 30 de mayo, mientras quienes lo hacen para una persona física, un patrón, el proceso termina el 29 de junio.
El pago de utilidades se da a quienes han laborado por lo menos 60 días y las empresas que las generaron el año anterior por más de 300 mil pesos, están obligadas a proporcionarlas.
Las empresas de nueva creación no están obligadas a la repartición de utilidades, y tampoco tienen derecho a ésta las y los trabajadores domésticos, directores, administradores, gerentes generales, artesanos, entre otros que reciban su pago por honorarios.
Si tu patrón no cumple con este mandato de ley, puedes ir planeando una denuncia formal ante las autoridades correspondientes, como la Profedet.