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Si trabajas dentro de este grupo de empresas ¡olvídalo, NO tendrás utilidades!

Lo ideal es que antes de hacerte ilusiones con el dinero que por ley debe llegarte antes del 30 de mayo, primero checa si el patrón con el que te empleas no esté en este grupo de empresas que no estarán obligadas a pagar absolutamente nada de utilidades

| Internet

México.- Sí, la mayoría de los mexicanos que estamos subordinados a un patrón y que en su reciente declaración de impuestos registró ganancias durante el año 2020, guardamos la esperanza de que las utilidades se depositen antes del 30 de mayo, que es el plazo que la Ley del Trabajo da para este fin. 

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Pero, siempre hay un pero, hay un grupo de trabajadores que se quedarán sólo con las ganas de tener este dinerito extra durante mayo, ya que no todas las empresas entran en este plan de proporción de utilidades y es importante que detectes si en donde laboras es una de ellas para que evites una desolución. 

*Sugerido: ¿Cuánto te deberá pagar tu patrón por utilidades 2020 y cuál es la fecha límite para que lo haga?

De acuerdo con el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, hay casos específicos en los que las empresas no deben hacer el reparto de utilidades:
•    Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
•    Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas.
•    Empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
•    Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
•    El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
•    Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía. La resolución podrá revisarse total o parcialmente, cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen.

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El reparto de utilidades debe hacerse cada mayo. Esta vez, se repartirán las utilidades de 2020, cuando estaba vigente la ley anterior, por lo que tampoco esperes que los cambios con los que se establecen hasta 3 meses de utilidades entren en esta ocasión, eso será a partir del esquema nuevo en mayo de 2022. 

Relacionado: ¡Mayo, el mes de las utilidades está aquí! ¿Seguro que vas a recibirlas o te quedarás esperando?

Recuerda que las utilidades se deben pagar a más tardar el 30 de mayo para personas morales. En el caso de personas físicas, el último día es el 29 de junio.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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