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México.- Mediante acuerdo publicado este lunes 1 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Marina confirmó la creación de la Unidad Naval de Protección Civil.
Esta decisión se toma, debido a que de acuerdo al documento oficial, la Secretaría de Marina requiere de una unidad administrativa que desarrolle y dirija las acciones de protección civil, así como elaborar, actualizar, operar y vigilar el programa en esta materia.
La Unidad Naval de Protección Civil, tendrá como misión fungir como órgano responsable y de enlace con dependencias y autoridades de los tres órdenes de Gobierno, para desarrollar y dirigir las acciones en materia de protección civil de la Institución, para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de emergencia, desastres y aquellos ocasionados por fenómenos naturales perturbadores.
Dicha área tendrá de manera enunciativa más no limitativa las siguientes atribuciones:
I. Coordinar con las unidades ejecutoras de la Secretaría de Marina la definición de rubros y claves para el ejercicio de los recursos provenientes del Ramo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación, con base en la regulación vigente, para la atención de emergencias y daños ocasionados por fenómenos naturales perturbadores;
II. Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Coordinación Nacional de Protección
Civil, las solicitudes de recursos por concepto de Apoyos Parciales Inmediatos, así como para la atención de daños ocasionados por fenómenos naturales perturbadores a instalaciones navales;
III. Coordinar con las Unidades Administrativas y Operativas de la Secretaría de Marina y autoridades de la Administración Pública Federal, sin perjuicio de las atribuciones de éstas, la adquisición, control y distribución de los insumos y apoyos, que proporcionará la Secretaría de Marina en las actividades de Protección Civil en atención de emergencias ocasionadas por fenómenos naturales, conforme a los lineamientos emitidos en esta materia.
Conoce el documento oficial publicado por la Semar en el Diario Oficial de la Federación
IV. Elaborar, actualizar, operar y vigilar el Programa de Protección Civil de la Secretaría de Marina;
V. Coordinar los apoyos que proporcionarán las Brigadas Móviles en casos de emergencia y zonas de desastre ocasionados por fenómenos naturales perturbadores;
VI. Administrar el control de equipamiento de apoyo a emergencias ocasionadas por fenómenos naturales perturbadores;
VII. Dar seguimiento a las acciones que implemente la Unidad en la materia;
VIII. Coordinar con las Dependencias de la Administración Pública Federal y la Autoridad Educativa Naval, la capacitación y adiestramiento, en temas de carácter de Protección Civil que deban considerarse en los planes y programas de estudio que impartan las instituciones educativas de la Secretaría de Marina;
IX. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Unidad;
X. Elaborar y suscribir los documentos que genere con motivo de las acciones que realice en ejercicio de las atribuciones que el presente Acuerdo le otorgue, y
XI. Las demás atribuciones que le confieran las disposiciones aplicables o que le sean ordenadas por la persona titular de la Secretaría de Marina.
El acuerdo publicado en el DOF por la Semar, destaca además que la Unidad Naval de Protección Civil, elaborará la estructura organizacional, los manuales de organización, de procedimientos y el catálogo de descripción y perfiles de puestos, en coordinación con la Dirección General Adjunta de Programación, Organización y Presupuesto; y su planilla orgánica, con la Dirección General Adjunta de Control de Personal, conforme a los lineamientos establecidos; una vez aprobados, gestionará su formalización correspondiente.