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Mujer trabajadora que recién dio a luz: ¿ya tomaste los descansos por lactancia?

Embarazo y empleo: todo esto debe respetar tu patrón y si no ¡demándalo!; las obligaciones vienen antes y después del parto, abarca cuidados previos y posteriores ¿lo sabías?, si no esto debe intereasarte y mucho

| Internet

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México.- Si estás embarazada o recién tuviste a tu bebé, y además eres trabajadora y tu empleo implica largas jornadas de pie, el manejo de materiales peligrosos o problemas para organizar los periodos de lactancia para tu bebé, esto es para ti. 

¿Sabías que la Ley Federal del Trabajo protege tus derechos laborales desde tu embarazo y en el periodo de lactancia?, seguramente sabías una parte, pero no el tema completo y por eso aquí te va toda la información. 

https://twitter.com/stps_mx/status/1051638859577126912?lang=es

Si te estás en alguna de estas etapas, embarazada o en periodo de lactancia hay varias cosas que debes tomar muy en cuenta del lugar donde trabajas, exponerlas a tu patrón, llegar a acuerdos y si es necesario, solicitar un cambio eventual del área donde te desempeñas para no exponer tu vida y la de tu bebé. 

1.- La ley indica que no debes trabajar en labores insalubres o peligrosas (es decir, las que por los materiales químicos y composición de la materia prima utilizada o por condiciones físicas son capaces de afectar tu salud física y mental, la del lactante o del producto en gestación).
2.- Tampoco debes laborar en horarios después de las 22:00 horas, 10:00 de la noche. 
3.- Además te deben respetar tu salario, prestaciones y derechos durante este periodo. 

De igual forma, si te encuentras embarazada no debes realizar trabajos que impliquen levantar, tirar o empujar objetos pesados, o estar de pie durante largo tiempo

La incapacidad

Esto es lo que más se conoce sobre los derechos por maternidad y consiste al derecho que tienes a tener un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, en los que percibirás tu salario íntegro.

Pero quizá lo que no sabías, es que este periodo de puede extenderse si no puedes trabajar a causa del embarazo o el parto, teniendo como derecho el 50% de tu salario por un periodo no mayor de 60 días.

https://twitter.com/stps_mx/status/972139953370157058

La lactancia

Se sabe que mujeres que toman su periodo de descanso en etapa de lactancia como debe ser; este va por un tiempo de hasta de seis meses con el derecho a dos reposos por día de media hora cada uno para alimentar a tu bebé, en un lugar que designe tu empresa con las condiciones de higiene adecuadas.

Algunas trabajadoras organizan con sus patrones y lo suman a una hora, dando la posibilidad de salir más temprano o entrar un poco más tarde, dependeindo de su horario, ya que no muchas empresas tienen un lugar apropiado para la lactancia materna en sus oficinas y prefieren que lo hagan en casa para mayor comodidad y seguridad. 

Asimismo, toma en cuenta que si no ha transcurrido más de un año de la fecha de parto, podrás regresar al puesto que desempeñabas sin ningún problema, esto con el conocimiento de que los periodos pre y post natales deberán tomarse en cuenta en tu antigüedad laboral.

Pero atención, que para las madres que adopten también hay beneficios que se estipulan en la ley, y que es al disfrute de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que reciban al infante.

¿Sabías todo esto?, pues ahora que ya lo tienes frente a ti, checa que sí y que no cumple tu patrón contigo, y si no lo hace denúncialo de inmediato, solo así se garantizarán tus derechos y los de miles de mujeres que pasan por la misma situación que tu.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

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