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Utilidades 2023: Todo lo que debes saber para recibir este pago

Durante mayo y junio las empresas deberán pagar las Utilidades 2023 de acuerdo a las ganancias que tuvieron el año anterior, conoce todo lo que debes saber para recibirlas.

Utilidades 2023
Utilidades | Foto: Archivo Línea Directa

México.- Miles de mexicanos recibirán el pago de Utilidades 2023 durante mayo y junio, quienes ya esperan ese recurso extra al que tienen derecho según la Ley Federal del Trabajo, aquí te contamos todo lo que tienes que saber que te llegue, ya que no en todos los casos aplica ni todas las empresas están obligadas a repartirlas.

Antes de entrar en materia debes saber que esta prestación es una de los derecho que tienen todos los trabajadores por coadyubar en las ganancias de la empresa donde trabajas con tu esfuerzo y dedicación.

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Ahora bien, para poder recibir este pago, se deben cumplir algunas condiciones marcadas en la Ley, pues no todas las empresas están obligadas a repartirlas.

La primera es que hayas trabajado más de 60 días y tu empresa tenga más de un año de haber si do creada, así mismo, que esta haya generado ganancias superiores a los 300 mil pesos.

Si la empresa donde trabajas cumple con estas características, deberá distribuir el 10 por ciento de las ganancias, el 50 por ciento en partes iguales de acuerdo a los días trabajados, y el 50 por ciento proporcional por salario percibido.

Asimismo, hay que mencionar que cuando la cantidad sea superior a tres meses del salario del trabajador, se establecen los 90 días de salario como límite máximo de pago.

Si todo esto se cumple, deberás recibir el pago de tus utilidades entre el mes de abril y el 31 de mayo, mientras que en junio se reparten a los extrabajadores de la empresa que laboraron el año en que se generaron las ganancias.

¿Cómo demandar si no pagan utilidades 2023?

La Ley Federal del Trabajo establece que tienes un año para hacer el reclamo, contando a partir del día siguiente del plazo límite. En el caso de empresas, este sería a partir del 31 de mayo, mientras que en el de las personas físicas, sería a partir del 30 de junio.

Si todas las condiciones de obligatoriedad se cumplen y no se pagan las utilidades, el empleado puede acudir a la Procuraduría Federal en Defensa de los Trabajadores (Profedet) para solicitar asesoría e iniciar una revisión mediante una junta local o federal de Conciliación y Arbitraje.

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En el caso de no contar con un abogado particular, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de manera gratuita realizará el patrocinio del juicio laboral ante la autoridad referida.

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Anastasio Esquivel

Anastasio Esquivel

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