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Aguinaldo

¡Tú puedes, soporta! A estás a menos de recibir el aguinaldo ¿Cuándo?

Si no es que todos, la mayoría de los trabajadores mexicanos ya ansían este dinero que por ley corresponde, así que para que vayas sacando cuentas y tengas un estimado de lo que vas a recibir ¡esto debes checar!

Aguinaldo
El plazo termina, el martes 20 tu aguinaldo 2022 deberá estar en tu cartera ¿qué harás con él? | Foto: Archivo Línea Directa

México.- El aguinaldo, sí, ese recurso que por ley los trabajadores mexicanos deben recibir cada mes de diciembre; ese que muchos anhelan desde que el año inicia, y ese que incluso, miles ya tienen dado desde hoy… llegará en poco menos de 90 días.

En México, bajo ningún pretexto y sin consideración a la condición de las o los trabajadores, todos, quienes tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo.

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Y para que recuerdes muy bien esto, SI TIENES 60 DÍAS LABORADOS YA TE TOCA PROPORCIONAL, claro, esto mientras estés debidamente registrado por tu patrón, así que si no está esto regular, pídele que lo haga de inmediato o de plano a buscar otro empleo

Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros tienen derecho a su aguinaldo, que también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Los trabajadores que hayan laborado por menos de un año tienen derecho al aguinaldo?
Sí tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo trabajado, independientemente de que ya no laboren en la empresa o actualmente estén trabajando para una compañía distinta.

¿Tienen derecho a recibir aguinaldo los trabajadores eventuales?
Sí, a la parte proporcional al tiempo laborado, esto debido a que la Ley Federal del Trabajo no hace distinción o señala excepción alguna que los excluya del mismo.

Y acá otro tema importante para trabajadores contratados por honorarios ¿aplica el aguinaldo para ellos? Lamentamos decirte que no, excepto que exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón y obligatoriamente cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas; reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento.

El pago del aguinaldo, que mínimamente debe ser de 15 días de tu salario, se debe entregar a más tardar el 20 de diciembre de cada año y no puede ser cambiado por nada, es dinero contante y sonante, en mano o bien, depositado en tu cuenta bancaria ¡no lo olvides!

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Si tienes dudas recuerda que la PROFEDET te respalda y puedes llamar a los números 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877 para que te aclaren todo lo que necesites y hagas valer tus derechos.

Fuente: Línea Directa

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Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

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