México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que tener habilitado el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados sus medios de contacto, es una obligación fiscal desde 2020, por lo que incumplir con ello es motivo de infracción.
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El Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, y tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
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Algunos de los beneficios al habilitar el Buzón Tributario son:
- Portal privado y personalizado.
- Economiza tiempo y recursos.
- Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
- Notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
- Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
- Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
- Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
Deben habilitarlo todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), salvo:
Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, por estar relevados.
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Tienen la opción de hacerlo o no:
Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.
Para consultar preguntas frecuentes, habilitarlo por primera vez, actualizar los medios de contacto y conocer más información, pueden visitar el minisitio aquí: http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html