México.– Luego de los puentes que suspendieron operaciones bancaria o de los fines de semana en los que había “caído” el día primero de mes, las personas pensionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social deben estar preparadas para el mes de junio, ya que todo indica que no tendrán que esperar hasta dos días para que su depósito se refleje en cuenta.
Sigue la información de Economía en la sección especial de Línea Directa
Y es que si no hay algún cambio que indique lo contrario, el próximo jueves 1 de junio podrían recibir el pago correspondiente a su pensión de dicho mes, ahora sí puntual y sin retrasos que les impidan disponer del recurso el día marcado por el IMSS.
Toda la información sobre pensiones, chécala en la sección especial de Línea Directa
Recordemos que el mes de mayo el pago se radicó hasta el miércoles 2 debido al puente por el Día del Trabajo; en abril al caer el día 1 en sábado, debieron esperan hasta el lunes 3 para ver su depósito reflejado.
Contrario a otras ocasiones, el IMSS no aplicó el pago anticipado durante los meses anteriores; en sus lineamientos de dispersión de recursos de pensión, indica que: Los pensionados que reciben su pago de pensión a través del IMSS, cobrarán mensualmente, el primer día hábil de cada mes. En caso de que el primer día del mes sea inhábil su pago se realiza el último día hábil del mes anterior.
Nota sugerida: ¡Pensionados del IMSS, a checar su cuenta! Hoy se paga el mes de mayo
Las personas favorecidas con este pago de ley, no deben olvidar que el depósito se recibe en la cuenta bancaria a nombre del pensionado que se proporcionó al realizar el trámite de pensión. Quienes reciben su pago a través de una AFORE o aseguradora se sujetarán a las condiciones de pago que estas instituciones dicten.
Contenido de Twitter
Sobre las pensiones IMSS
Las pensiones se dividen en 3 grupos, identifica si perteneces a alguno: Pensiones para el asegurado relacionadas con la edad; Para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad; Para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte.
- Las pensiones para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
- Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
- Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.
Si el trabajador o beneficiario está dentro de uno de los grupos, debe revisar los requisitos que debe cumplir para presentar su solicitud de pensión.